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Apocalipsis del Sistema
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Parte 12 Las puertas

Llega una carta con escudo. Les piden algo: que paguen, que presenten un papel, que contesten en un plazo. ¿Qué hacen?

Casi todo el mundo hace una de dos cosas. O paga sin preguntar, para quitárselo de encima. O mete la carta en un cajón, y que pase lo que tenga que pasar.

La obra propone una tercera. Preguntar. Por escrito.

Al terminar la parte anterior les dije que la obra no responde con la calle, sino con papel. Aquí está el papel. La idea de esta parte es esta: el ciudadano no tiene que arreglar la casa del Estado. Le basta con dejar constancia: pedir por escrito la norma que ampara lo que se le exige, y guardar lo que le respondan. O el silencio.

Y una advertencia antes de empezar, que es la más importante de la parte. Nada de lo que voy a contar es dejar de pagar ni desobedecer. Las obligaciones vigentes siguen vigentes. Las puertas de esta parte piden; no imponen.

Primero, el espíritu con que se abren. Después, una escalera de tres peldaños.

El espíritu. Los textos que mandan pagar y obedecer existen, y la obra los cita. Pablo: «Toda alma se someta á las potestades superiores […] por esto pagáis también los tributos». Pero en el mismo capítulo da la razón: la autoridad «es ministro de Dios para tu bien». Para tu bien. La condición va en el mismo sitio que el mandato. Eso es lo que la obra concluye de esos textos: no mandan obedecer sin condición; la autoridad lo es para el bien de quien obedece, y por encima de ella está Dios.

El autor lo dice así, y es suyo: está de acuerdo con pagar tributos a un Estado que sirva al pueblo. Y añade algo sobre la responsabilidad de cada uno. Quien no sabía no es cómplice: no responde igual «el que no entendió». Pero quien ya sabe tiene una tarea: «El pecado, pues, está en aquel que sabe hacer lo bueno, y no lo hace». ¿Y cuál es esa tarea? No es dejar de pagar. Es dejar de consentir en silencio: pedir la motivación, saber a dónde va el dinero y dejar constancia por escrito.

La obra no reclama un Estado nuevo. Invita al que hay a transformarse, a hacer su metamorfosis. El autor lo cuenta con una imagen suya: el Estado es un árbol muy bonito que nadie se ha preocupado de cuidar. En vez de regarlo con agua, lo regaban con los desperdicios de la cocina, aceites incluidos. Hay que podar las ramas secas y las raíces podridas. Y una frase suya que conviene apuntarse: podar no es talar.

Las propuestas del autor para ese Estado transformado van marcadas como suyas. La más llamativa: que se sostenga con el equivalente al diezmo, el diez por ciento, una cuarta parte o menos de lo que hoy se paga. La obra le pone la objeción al lado, con números: solo las pensiones se llevan hoy alrededor del treinta por ciento de todo el gasto de las administraciones. Y el autor responde que el diezmo es el punto de llegada, no el de partida: después de auditar las funciones del Estado una por una, de que cada cual cotice para su propia jubilación y de pagar la transición con lo recuperado. El cálculo está por hacer, y la obra lo dice.

¿Y cómo se corrige sin hacer daño? El autor usa la imagen del médico. Para curar, un médico atraviesa los límites del cuerpo de otro: una inyección, una operación. ¿Qué le legitima? Las tradiciones le piden cuatro cosas. Que el enfermo consienta. Que busque el bien del enfermo, y no el suyo; lo dice Platón: «ningún médico, en cuanto médico, considera su propio bien en lo que prescribe, sino el de su paciente». Que lo haga en la medida justa. Y que tenga un rumbo.

La medida justa la dicen tres familias que no se citan entre sí, China, la India y el Evangelio, con la misma imagen del campo. En China, Mencio cuenta lo de un hombre que, apenado porque sus brotes no crecían, tiró de ellos para ayudarlos: «su hijo corrió a verlos, y los brotes estaban secos». El Daodejing lo dice del Estado: «Gobernar un gran Estado es como cocinar pececillos». Cuantas más vueltas se les da, más se deshacen. En la India, la Gita pide al que sabe que obre «sin sembrar en esos corazones sencillos y afanosos semilla de desesperanza». Y en el Evangelio, la higuera sin fruto. El dueño quiere cortarla, y el viñador le pide: «Señor, déjala aún este año, hasta que la excave, y estercole». Si da fruto, bien; si no, que la corte después. Primero cuidar. Solo después, si no hay fruto, cortar.

Y una regla que la obra no se salta nunca: la responsabilidad de cada persona se establece por acto y con fuente, nunca por pertenecer a un colectivo.

El autor añade, como lectura suya, que esta obra es un médico sin autoridad para cortar. Diagnostica en público, con sus pruebas, y ofrece el tratamiento dentro de la ley. Y sigue un orden muy antiguo, el de la corrección entre hermanos del Evangelio. Primero: «si tu hermano pecare contra ti, ve, y redargúyele entre ti y él solo». Si no te oye, «toma aún contigo uno ó dos». Y si tampoco los oye, «dilo á la iglesia», es decir, a la comunidad entera. Primero a solas; después, con otros; al final, ante todos. Esos son los tres peldaños de esta parte.

Primer peldaño: a solas, y por escrito.

Todo cabe en una pregunta. Se la digo despacio, porque es la herramienta de toda la obra.

«¿Me puede explicar qué es lo que le legitima para solicitarme esto?».

Eso es todo. Lo demás es cómo se hace bien.

La ley distingue a quien se equivoca de quien sostiene lo injusto sabiéndolo. La autoridad que dicta una resolución arbitraria «a sabiendas de su injusticia» comete prevaricación. Y el ciudadano tiene derecho a saber quién tramita su asunto. Por eso el escrito pide la norma, y pide el nombre de quien lo tramita. Desde ese momento, quien tramita ya sabe. Y la obra lo dice con toda claridad: el escrito no anula la norma, porque eso solo lo hace un tribunal; y si hubo o no conocimiento, lo decide un juez, no el escrito.

El escrito se apoya en derechos que ya existen. El derecho de petición, del artículo 29 de la Constitución: la Administración está obligada a acusar recibo y a contestar. El deber de motivar, con los hechos y los fundamentos de derecho; y una motivación de plantilla no cumple ese deber. Y el derecho de acceso a la información pública.

Y pide cosas concretas, todas posibles de conceder. La norma, con su número y su artículo. La resolución previa en que se apoya. Por qué se descartó una medida menos gravosa. Cuándo y dónde se notificó. Copia del expediente. Y quién lo tramita. La regla es que cada petición tiene que poder contestarse con un documento o con un artículo; si no, se quita. Y la obra lo dice así: «Es mejor un escrito de diez líneas sólidas que uno de cinco páginas con una afirmación indefendible».

Escuchen también lo que el escrito no hace, porque aquí la obra se separa de cosas que circulan. No pretende que el silencio equivalga a aceptación: el silencio tiene su régimen en la ley. No exige que le enseñen un contrato. No niega la jurisdicción. No lleva huellas en tinta roja ni fórmulas raras: todo eso lo identifica como lo que la obra llama literatura pseudojurídica. Y no amenaza al funcionario. Su regla de oro: «todo lo que afirma se puede comprobar, y todo lo que pide se puede conceder».

¿Se acuerdan de errar el blanco? El escrito termina con esas palabras. Declara que se hace de buena fe, y dice: «Reconozco que la condición humana es propensa a errar el blanco —hamartia—, y que también yo puedo estar equivocado en mi apreciación». Quien firma rectificará si le explican por qué. No es una fórmula mágica. Es lo contrario del engaño. Y se firma con el nombre completo y la firma de siempre: sin siglas, sin huella, sin tinta de colores.

Y ahora, el silencio. Se lo prometí desde la segunda parte, y aquí está entero. ¿Qué pasa si no contestan?

Primero, la ley pone plazos. A una petición, acuse de recibo en diez días y contestación motivada en tres meses como mucho. Si no contestan, o contestan sin contestar, el derecho de petición se defiende ante un juez por el procedimiento preferente de los derechos fundamentales. En cualquier procedimiento, la Administración está obligada a resolver de forma expresa. Y hay una puerta gratuita, sin abogado ni procurador: el Defensor del Pueblo.

Segundo, lo que la obra no hace con el silencio: no pretende que le dé la razón. Una petición sin contestar se entiende desestimada, pero queda abierta la vía de recurso. Y, sobre todo, queda la constancia: la copia sellada, con su fecha de entrada. Un escrito registrado que nadie contesta es un hecho documentado. No se pide que el silencio dé la razón: se deja constancia de que hubo silencio.

Recuerden la frase de la obra: «El silencio del ciudadano se castiga solo; el del sistema hay que perseguirlo». Pero la obra da también lo que no encaja: en los procedimientos que inicia el propio ciudadano, el silencio a veces le favorece, porque vencido el plazo puede entender estimada su solicitud, salvo las excepciones de la ley.

¿Sirve de algo? La obra recoge vías que ya han funcionado, con sus sentencias. Un ciudadano no puede llevar una ley al Tribunal Constitucional, pero sí pedirle al juez de su pleito que lo haga: así se declaró nula, dos veces, la plusvalía municipal. El Supremo anuló una sanción de veinte mil euros porque Hacienda no notificó en el domicilio que el interesado había designado. Y la obra lo cierra con una frase que promete poco: ninguna de estas vías es una fórmula mágica; son el mapa de lo que el propio ordenamiento ya permite.

Y lo que les debía desde el edificio de las presunciones: cómo se pide la prueba de cada una. La obra distingue dos alturas. Lo de cada día, una multa o una liquidación, va a quien lo tramita. Pero los cimientos, en qué se apoya la autoridad misma, no los puede contestar quien tramita una multa: van a quien puede responder por ellos, la Presidencia del Gobierno o el órgano que se elija, con la lista de las presunciones. El autor lo explica así, como suyo: «He buscado en toda la arquitectura de sus leyes, y lo único que encuentro es la norma que se lo atribuye a sí misma». Por eso el escrito pregunta.

Para todo esto, la obra trae un botiquín: doce modelos de escrito listos para rellenar, cada uno con sus artículos y sus plazos. Y tres reglas que valen oro. Guardar siempre la copia sellada, porque es la constancia. Vigilar el plazo desde el primer día, porque un plazo perdido no se recupera. Y, cuando haya dinero en juego, consultar con un abogado. Y una advertencia que les pido que se lleven: no se puede correr antes de gatear. Por eso la obra no trae ningún modelo para impugnar el impuesto sobre la renta.

Segundo peldaño: con otros.

La ley ya permite defenderse juntos. Se pueden acumular los recursos sobre un mismo acto. Si hay muchos iguales, el juez puede tramitar uno como pleito testigo y dejar los demás a la espera. Y en lo tributario, quien está en la misma situación puede pedir que se le extiendan los efectos de una sentencia firme. Lo que arrojan los datos, con las palabras de la obra: «los cauces para defenderse en grupo ya existen. Lo que falta es encontrar a quien tiene el mismo problema».

El autor propone, y es propuesta suya, que el Registro de la obra sirva para eso: que las personas con el mismo problema se encuentren, siempre con su consentimiento expreso, y paguen entre todas a uno o dos abogados, con un coste que él sitúa en no más de cien euros por persona. Y dice desde el principio lo que cuesta perder: si se pierde, las costas se reparten entre todos. «Es un riesgo real, y por eso se dice desde el principio».

Con otros, también, se pide lo que la ley ya manda pagar. Cuando alguien causa un daño injusto, la ley obliga a compensarlo, y cada vez más arriba: el particular; la Administración, cuando su funcionamiento lesiona a alguien; la justicia, por el error judicial; el Tribunal Constitucional, cuando tramita mal un recurso; y hasta el legislador. Cuanto más arriba, más estrecho el camino. Y aquí la obra reconoce algo a favor del Estado, y quiero que lo oigan: en este frente, la ley le pide más al Estado que a los particulares, porque debe responder sin que nadie pruebe su culpa. No todas las asimetrías juegan contra el ciudadano. Y la obra dice que esta es la prueba.

Queda una figura del Código Civil, la más tranquila de todas: «Todo propietario tiene derecho a deslindar su propiedad, con citación de los dueños de los predios colindantes». Cuando entre dos fincas ya no se ve el mojón, no se acusa a nadie de haberlo movido. Se pide volver a marcarlo, con las dos partes delante.

La obra lo aplica al límite entre lo que es del Estado y lo que es de la persona, y lo pone en dos columnas. Cuando el Estado se sienta abajo, frente a la Unión Europea, la regla escrita es que la competencia no se presume: se atribuye. Cuando se sienta arriba, frente al ciudadano, sus actos «se presumirán válidos», y es el ciudadano quien tiene que recurrir para que le enseñen el título. La misma persona jurídica sostiene dos doctrinas sobre el poder prestado, según la silla en que se siente. Y la obra añade: «No hace falta llamarlo de ningún modo: basta ponerlo en dos columnas».

La ley de Moisés ya lo decía: «Maldito el que redujere el término de su prójimo. Y dirá todo el pueblo: Amén». Pero la obra concede el límite: esto prueba que el principio converge en muchas tradiciones, no que el Estado esté obligado a él frente al ciudadano por su ley escrita. Por eso pide un deslinde, no una condena.

Tercer peldaño: ante todos.

Dentro de su propia jurisdicción, el sistema juega con ventaja, y ya lo vimos: el Tribunal Constitucional admitió en un año cincuenta y nueve recursos de amparo de más de nueve mil. Pero la propia ley reconoce otras puertas: el jurado, la petición colectiva, el caso testigo y los tribunales de la costumbre. ¿Se acuerdan del tribunal que se reúne cada jueves en Valencia? La Constitución reconoce los tribunales consuetudinarios y tradicionales, y la ley nombra ese: el Tribunal de las Aguas.

El autor propone, y es lo que más le importa, un Registro de los frutos: un archivo público donde cada ciudadano deje constancia de sus escritos al Estado y de la respuesta, o del silencio, con un código para que cualquiera lo compruebe. Sus datos personales, solo si lo autoriza. Hoy es una propuesta, no un archivo en marcha. Y todo converge en un juicio popular de la verdad, que es la próxima parte.

El autor lo dice así, como suyo: no se busca vencer al Estado en su laberinto, sino exponer a la vista de todos si está alineado con las leyes de arriba, e invitarle a transformarse. Y lo cierra con una frase: «La verdad no necesita su permiso para ser verdad».

Fíjense en cómo acaba la escalera del Evangelio. No acaba en forzar a nadie. Acaba en apartarse de quien no oye.

Ahora, la otra cara. ¿Qué concede la obra en esta parte?

Que las propuestas son del autor y no las prueban los datos: el diezmo, el Registro, la defensa en grupo y el juicio popular. Y que el cálculo del diezmo está por hacer.

Que las vías legales existen, con letra clara, pero son estrechas, y más cuanto más arriba.

Que los modelos de escrito son orientativos: no son asesoramiento para un caso concreto.

Y la obra oye aquí mismo la respuesta probable de la Administración a sus escritos. Dos ejemplos. Si hay un procedimiento abierto, la Administración dirá que eso no es una petición: la obra le da la razón, y el escrito va dentro del procedimiento, como alegaciones. Y si llegan muchos escritos iguales, dirá que es un abuso: la obra contesta que el escrito no es un formulario para enviar en masa; cada uno escribe sobre lo suyo, y para lo que es de muchos está la vía colectiva que la ley ya prevé.

Y a la propuesta de recuperar lo obtenido ilícitamente, que vimos en el dictamen, la objeción que les anuncié: exige condena. Rige la presunción de inocencia, y nadie puede ser privado de sus bienes sin un proceso. La obra lo dice con todas las letras: «Embargar fuera de un proceso sería confiscar».

Recapitulo. Los textos que mandan obedecer ponen la condición en el mismo sitio: la autoridad es para el bien de quien obedece. La obra no reclama un Estado nuevo, sino que el que hay se transforme, y corregir sin vengarse, como el médico. La escalera tiene tres peldaños. A solas y por escrito: una pregunta, la copia sellada, y la respuesta o el silencio, que queda documentado. Con otros: defenderse juntos, pedir la compensación que la ley ya manda, y el deslinde. Y ante todos: el Registro de los frutos. Nada de esto es dejar de pagar. Todo es dejar constancia.

Les dejo una pregunta. Piensen en la última carta con escudo que recibieron. ¿Sabían qué norma la amparaba? ¿Y quién la tramitaba?

En la próxima parte, el juicio popular de la verdad: un tribunal de opinión, sin fuerza legal, donde un jurado del pueblo juzga al Estado acusación por acusación, y nunca a personas.